La generalitat de Cataluña aprobó hace unos meses la creación de un registro obligatorio de agentes inmobiliarios. Todas las personas que se dediquen a la intermediación inmobiliaria deberán registrarse y cumplir unos requisitos, entre los cuales estarán el tener una garantía de 60.000 euros, un seguro de responsabilidad civil, formación académica y establecimiento abierto al público.
La fecha límite para estar inscrito es el 9 de septiembre. deberán inscribirse en él todos los profesionales y las empresas que se dedican habitualmente y de manera retribuida a “prestar servicios de intermediación, asesoramiento y gestión en transacciones inmobiliarias en relación con operaciones de compraventa, alquiler, permuta o cesión de bienes inmuebles y de los derechos correspondientes”.
Las multas para quien no cumpla podrán ir desde los 9.000 euros a los 900.000 euros. La medida busca la transparencia, un mayor control del mercado inmobiliario, proteger al consumidor y también al sector de agentes inmobiliarios, seriamente dañados en su imagen años atrás y que ahora podrá acabar con las agencias sin control.
Los requisitos básicamente son:
1)Ubicación de atención
a) Los agentes inmobiliarios deben disponer de establecimiento abierto al público, salvo que se presten los servicios a distancia por vía electrónica o telemática. tienen la consideración de establecimiento abierto al público el domicilio profesional, los locales comerciales y las oficinas o despachos que cumplan todos los requisitos y dispongan de los permisos, las licencias y las altas fiscales requeridas legalmente para ejercer la actividad
b) Los agentes que prestan servicios exclusivamente por vía electrónica o telemática deben disponer de una dirección física
c) En estos establecimientos, o en la dirección de la persona que preste servicios por vía electrónica, se deben atender las consultas, quejas y reclamaciones de los consumidores y usuarios en relación con los servicios del agente inmobiliario.
2) Capacitación y actuación profesional.
a) Los agentes inmobiliarios deben estar capacitados profesionalmente para el ejercicio de la actividad.
b) Los agentes inmobiliarios deben cumplir las obligaciones y los principios de actuación establecidos en la legislación vigente y en los códigos profesionales de conducta.
De momento este registro solo afectara a los profesionales catalanes, pero es de esperar que en un futuro, se extienda al resto de comunidades.
O sea, que si te dedicas a vender o al alquiler pisos Barcelona o el resto de Cataluña date prisa, tienes hasta septiembre para cumplir la legalidad. El resto de los profesionales españoles que nos dedicamos a intermediación para la compra y venta de casas, chalets, adosados y pisos Valencia, Madrid, Sevilla y resto de España deberemos esperar a que la medida se extienda, para contar con un servicio de intermediación regulado por ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario