miércoles, 10 de junio de 2009

Sentencia de desahucio pionera en nuestro país

Hemos tenido conocimiento a través del periódico 20 minutos de que el Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia pionera en nuestro país: una mujer va a ser desahuciada del piso en el que estaba de alquiler por retrasarse dos veces en el pago de la mensualidad a su casero, que ya le había demandado previamente por no pagarle.

Para el Tribunal Supremo, el retraso en el pago del alquiler es un incumplimiento pleno de las obligaciones del inquilino, y podrá ser motivo de desahucio. Todo el proceso comenzó cuando el despacho de abogados Affirma demandó a una mujer por no abonar a tiempo el alquiler del piso, demanda que fue desestimada en primera instancia por el juez que lo consideró como un "mero retraso" de 15 días. Affirma apeló entonces al Supremo, quien sí estimó la demanda, ordenando el desahucio de la inquilina en un plazo máximo de ocho días. Esta sentencia sirve para sentar jurisprudencia en casos similares.

Nuestra opinión es que ya es hora de poner coto a la impunidad de algunos inquilinos respecto al pago de las obligaciones contraídas en los alquileres de inmuebles, ya que muchos propietarios cuentan con esos ingresos para hacer frente a las hipotecas de los inmuebles alquilados.

Como suele suceder en los casos en que el legislador no hace bien su trabajo, los jueces intentan poner las cosas en su sitio, lo que ocurre es que lo hacen con criterios dispares y con falta de mesura algunas veces, personalmente a nosotros en este caso nos parece excesivo un desahucio en ocho días por el retraso de dos meses en el pago del alquiler. ¿Que os parece a vosotros?

1 comentario:

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